Seguros deducibles en la declaración de la Renta (IRPF)
A menudo surgen dudas si algunos seguros son deducibles en nuestra declaración de la renta.
Si somos beneficiarios de la deducción por adquisición de vivienda habitual podremos añadir los seguros que se encuentran vinculados a nuestro préstamo y que fueron “obligatorias” en la firma del préstamo. Estas pólizas serian:
- Seguro desempleo
- Seguro de hogar o incendio
- Seguro de amortización del préstamo o seguro de vida
Si poseemos algún inmueble arrendando, debemos incluir como gastos deducibles para el cálculo del rendimiento neto los seguros del inmueble (de hogar o incendio) así como seguro de responsabilidad civil si es el caso. Estos seguros deben de haber sido pagados por el propietario del inmueble o vinculados a la financiación si el inmueble se paga mediante un préstamo.
Seguros deducibles para los autónomos
Si somos profesionales o empresarios y tributamos en estimación directa podremos deducir entre otros:
- Seguro del vehículo: debe estar afecto al 100% de la actividad y solo se utilice para fines profesionales (no privados).
- Seguros de salud enfermedad: son deducibles los del autónomo y su familia (hijos hasta 25 años) con un máximo de 500€ anuales por cada miembro de familia beneficiaria del seguro.
- Seguros de responsabilidad civil, de comercio, transportes etc…
Para más información, contacta con nosotros estaremos encantados de atenderte.