Prestación por jubilación
¿Tengo derecho a una prestación por jubilación?
Cuando somos jóvenes no solemos pensar en la jubilación, sin embargo conforme van pasando los años, es posible que pensemos en cual va a ser nuestra capacidad económica en el futuro y qué necesitamos para poder obtener una prestación por jubilación.
En España ha habido cambios desde el año 2013, a partir del cual se ha aumentado la edad de jubilación, hasta llegar a los 67 años a partir del año 2027.
Para tener derecho a una prestación por jubilación debemos cotizar 15 años a la seguridad social, y dos de esos quince años deben estar comprendidos entre los quince años anteriores a la solicitud de la prestación.
Por lo que nada sirve que los únicos años cotizados sean antes de los 50 0 52 años.
Aquí exponemos la edad de jubilación y periodo necesario de cotización:
Año | Períodos cotizados | Edad exigida |
2016 | 36 o más años | 65 años |
Menos de 36 años | 65 años y 4 meses | |
2017 | 36 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 36 años y 3 meses | 65 años y 5 meses | |
2018 | 36 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 36 años y 6 meses | 65 años y 6 meses | |
2019 | 36 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 36 años y 9 meses | 65 años y 8 meses | |
2020 | 37 o más años | 65 años |
Menos de 37 años | 65 años y 10 meses | |
2021 | 37 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses | 66 años | |
2022 | 37 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 6 meses | 66 años y 2 meses | |
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 o más años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
Excepciones:
Se mantiene la edad de 65 años para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1-1-2013, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la GSS.
Aparte de la jubilación ordinaria debemos conocer que existen otros tipos de jubilaciones, que según cada caso particular pueden ser interesantes:
- Jubilación anticipada ( dentro de la cual hay varios tipos)
- Jubilación flexible
- Jubilación parcial
- Jubilación especial a los 64 años
- Jubilaciones anticipadas desde el 1 de Enero de 2004 por ERE
Porcentaje de jubilación:
Desde el año 2013 al 2019 hay que cotizar 35,5 años mínimos para tener derecho al 100% de la base reguladora.
Los años cotizados irán en aumento progresivamente hasta el año 2027 que habrá que tener cotizados 37 años.
Con 15 años cotizados tenemos derecho a un 50%, aumentando la cuantía un 0,19% por mes cotizado desde el decimosexto año, hasta el mes 248, y un 0,18% a partir del mes 248.
Las mujeres que hayan tenido dos o más hijos se les aplicará un complemento, siendo un 5% en el caso de dos hijos, un 10% con tres hijos y un 15% con 4 hijos o más.
Base reguladora
Para calcular la base de reguladora de la prestación por jubilación os presentamos la siguiente tabla;
Año | Nº. meses computables/Divisor | Años computables |
2013 | 192 / 224 | 16 |
2014 | 204 / 238 | 17 |
2015 | 216 / 252 | 18 |
2016 | 228 / 266 | 19 |
2017 | 240 / 280 | 20 |
2018 | 252 / 294 | 21 |
2019 | 264 / 308 | 22 |
2020 | 276 / 322 | 23 |
2021 | 288 / 336 | 24 |
2022 | 300 / 350 | 25 |
Desde el 1-1-2013, la base reguladora resulta de dividir entre 224 las bases de cotización durante los 192 meses anteriores al mes previo de la jubilación. A partir del 2013, cada año se elevará 12 meses, hasta llegar a los 300 en el 2022.
Para más información puedes acceder a las web de la seguridad social: www.seg-social.es, o contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderte.