Ley para el fomento del trabajo autónomo y la economía social.

 

El Senado ha aprobado la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social.

Las principales medidas de La nueva Ley para el fomento del trabajo autónomo y la economía social son:

 

  • Se podrá capitalizar el 100% de la prestación por desempleo. Se podrá capitalizar en un solo pago o bien utilizar una parte para el inicio de la actividad y el resto para hacer frente a las cuotas de la Seguridad Social.
  • La cuota por contingencias comunes se fija en 50 euros durante 6 meses. se amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y contraten a trabajadores. Se extienden los supuestos de la Tarifa Plana a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género. La reducción de cotización se amplía hasta los 12 meses para los casos de personas con discapacidad, violencia de género o víctimas del terrorismo.
  • Los Centros Especiales de Empleo y las Empresas de Inserción pasan a ser consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general
  • Los familiares colaboradores podrán beneficiarse de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social en el RETA.
  • Se extiende a los mayores de treinta años la opción de compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Con la nueva normativa, los autónomos económicamente dependientes TRADE (que reciben al menos el 75 % de sus ingresos de un único cliente) podrán contratar un trabajador.
  • En cuanto a la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia, se amplía de los 24 a los 60 meses.
  • Con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social, se amplían las bonificaciones a todos los tramos de edad.

 

Más información en: http://prensa.empleo.gob.es/WebPrensa/noticias/laboral/detalle/2623

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